viernes, 16 de enero de 2009

¿QUE ES LA AFORE?

ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. (AFORE)
Son instituciones financieras autorizadas por SHCP y supervisadas por la CONSAR, dedicadas de manera exclusiva a administrar las cuentas individuales de los trabajadores que están afiliados al IMSS que son los fondos de retiro y ahorro.

Las AFORES crean 4 subcuentas individuales que son:

Ø Retiro, Vejez y Censatía: El patrón aporta el 2% de su Salario base de cotización para Retiro y 3.15% de su salario base de cotización para Cesantía en edad avanzada y Vejez. Las aportaciones se realizan de manera bimestral. El gobierno aportará el 0.225% del salario base de cotización por Cesantía en edad avanzada y Vejez (de manera bimestral) y una cantidad equivalente al 5.5% del salario mínimo general para el D.F., por cada día cotizado, por concepto de cuota social. El trabajador aportará 1.125% sobre el salario base de cotización de manera bimestral.
En total, al fondo de pensiones que administra e invierte la AFORE, ingresa cada mes entre el 8.0% y 8.5% del salario del trabajador, dependiendo del nivel de ingreso del trabajador.
Las aportaciones se calculan en función del salario base de cotización, hasta un tope máximo de 23 salarios mínimos.
Ø Aportaciones voluntarias,
Ø Vivienda y,
Ø Aportaciones complementarias
FUNCIONES:

Ø Abrir, operar y administrar las cuentas individuales.

Ø Contar con un SIAFORE para el manejo especializado de las inversiones del fondo administrativo.

Ø Proporcionar estados de cuenta a los trabajadores afiliados.
Servicios de atención al público para quejas, aclaraciones e información.

Ø Administrar los recursos provenientes del sistema SAR e INFONAVIT

¿CÓMO REGISTRARSE EN UNA AFORE?

Una vez que ya ha elegido la AFORE que administrará su cuenta individual, puede registrarse de dos formas.

1.- Solicitar por teléfono los servicios de un agente promotor de la AFORE que eligió, para que de inmediato acuda a su centro de trabajo o domicilio e iniciar los trámites correspondientes.
2.- Acudir directamente a las oficinas de la Administradora. Ésta le deberá proporcionar un formato donde aparecen todas las comisiones que cobran las AFORES, asi como los rendimientos que éstas generan; para que sepa quién cobra menos y más, lo que le ayudará a tomar una mejor decisión. Si no lo firma, la solicitud de registro no será válida.

Además, deberá presentar anexo al contrato de administración de fondos para el retiro:
* El Número de Seguridad Social (a 11 posiciones), mismo que podrás corroborar en cualquier documento emitido por el IMSS.
* Original y copia simple del Acta de nacimiento o constancia CURP, en caso de no contar con acta.
*Original y copia simple de una identificación con fotografía.

Si se trata de un trabajador asignado, es decir, un trabajador que no se registró durante los primeros dos meses de su vida laboral, el procedimiento es el mismo:- Llamar a la AFORE en la que desea registrarse (ya sea la la que fue asignado u otra) y solicitar un representante, o acudir directamente a la sucursal.



0 comentarios: